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Publicada en LinkedIn de CASSAGNE Consultores el 04/11/2025


? NUEVA RES. UIF 207/2025 sobre Reporte Financiamiento del Terrorismo y Congelamiento Administrativo ?


En CASSAGNE Consultores mantenemos a nuestros clientes y seguidores al día sobre las novedades en Prevención de Lavado y Financiación del Terrorismo (PLA/FT). En ese sentido, hoy, 04/11/2025, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución UIF 207/2025, que actualiza el régimen de Reporte de Operaciones Sospechosas de Financiación del Terrorismo (RFT) y refuerza el congelamiento administrativo de activos vinculados a personas o entidades designadas, derogando la Res. UIF 29/2013?


¿Qué define y actualiza?


(a.) RFT en 24 horas: los Sujetos Obligados deben reportar en 24 hs las operaciones realizadas o tentadas vinculadas a FT.

(b.) Congelamiento inmediato: si hay relación con listas ONU o designaciones del Poder Ejecutivo, el Sujeto Obligado debe congelar sin demora e informar de inmediato a la UIF.

(c.) Sin ?tip-off?: prohibición de avisar al cliente; solo indicar que los fondos están congelados conforme la normativa.

(d.) Sistema UIF: uso del ?Reporte Orden de Congelamiento? para informar ejecución y resultados.

Vigencia de medidas:

Si surge de listas ONU/PE: rige mientras la designación esté vigente.

Otras hipótesis FT: hasta 6 meses, prorrogable 1 vez.

¿A quién alcanza? A todos los Sujetos Obligados del art. 20 de la Ley 25.246. Excepción relevante (seguros). Aseguradoras/reaseguradoras pueden pagar siniestros a terceros de buena fe no listados en seguros obligatorios.


Para la lectura completa de la Resolución accede al QR de la foto.


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