builderall

Publicado en LinkedIn el 15/03/2024



CASSAGNE Consultores informa a clientes y seguidores que hoy se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.739, que actualiza y ajusta el marco normativo argentino en materia de PLAFT, considerando la evolución del sistema en el tiempo y las modificaciones que sufrieran los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). ?


Los cambios introducidos por la ley se centran en tres ejes: ?


1. Reforma al Código Penal:


Incorpora nuevos verbos típicos al delito de lavado de activos, amplía el tipo penal de financiación del terrorismo, y agrega tipos penales previstos en convenciones internacionales vigentes. ?


2. Registro de Beneficiarios Finales (BF):


Crea el registro centralizado de BF en la órbita de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), para el acceso de autoridades competentes a información precisa y actualizada sobre los BF de personas y estructuras jurídicas. ?


3. Reforma Integral Ley N° 25.246 (esqueleto del sistema PLAFT argentino)


- Fortalece el Régimen Administrativo Sancionador, mediante: (a.) la introducción de nuevas sanciones: Inhabilitación y revocación de autorización para funcionar; (b.) la simplificación del procedimiento de ejecución fiscal para el cobro de multas; y (c.) El Incremento sustancial de las penas de Multa por cada incumplimiento a obligaciones del art. 21 inciso a de la ley -pasando de una graduación de entre $10.000 y $ 100.000, a una de entre 15 y 2.500 "Módulos", es decir de entre $ 600.000 y $ 100.000.000, teniendo en cuenta que el valor del Módulo -ajustable anualmente por la UIF- se fijó en $ 40.000. ?


- Introduce definición de Enfoque Basado en Riesgos (EBR) y establece reglas más rigurosas sobre Debida Diligencia de Cliente y Conozca a su Cliente (KYC), así como la obligación de realizar autoevaluaciones de riesgos y aplicar medidas adecuadas para su mitigación. ?


- Agrega como sujetos obligados, entre otros, a proveedores de servicios de activos virtuales, proveedores no financieros de crédito, agentes depositarios centrales de valores negociables o entidades registradas para recibir depósitos colectivos de valores negociables, abogados y proveedores de servicios societarios y fiduciarios, que realicen determinadas actividades. ?


- Las OSFL dejan de ser sujetos obligados, aunque deberán ser objeto de un análisis de riesgos de abuso para la financiación del terrorismo. ?


- Se otorgan facultades adicionales a la UIF, alineadas con los estándares internacionales. ?


La ley además establece el Control Parlamentario y crea el Registro de PSAV.


Acceda a la norma aquí: https://lnkd.in/d6ywNzqE ?