Publicado en LinkedIn el 19/07/2024
? NOTICIAS CNV: EL ORGANISMO REGLAMENTÓ LA REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS (BLANQUEO) DE LA LEY 27.743. RG CNV Nº 1010/2024! ?
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CASSAGNE Consultores informa a seguidores y Clientes sobre lo comunicado por la Comisión Nacional de Valores ?, que a través de la Resolución General N° 1010 reglamentó el Régimen de Regularización de Activos establecido por la Ley N° 27.743 ?.
Dicha reglamentación fue elaborada en el marco de los instrumentos financieros elegibles previstos en la Resolución del Ministerio de Economía de la Nación N° 590/2024 ?, en los términos del artículo 31 de la Ley anterior ??.
La RG N°1010 regula las Cuentas Comitentes Especiales de Regularización de Activos a ser abiertas por los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) ?, para dar curso a operaciones con valores negociables ?, el plazo de liquidación de las operaciones y el destino que tendrán los fondos resultantes de la liquidación de esas operaciones de venta de valores negociables ?.
Siendo que con los fondos provenientes de la regularización pueden suscribirse cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Abiertos y/o Cerrados ?, las disposiciones normativas contemplan la creación de clases especiales de cuotapartes a dicho fin y el procedimiento abreviado para obtener su aprobación por parte de la CNV ?.
En cuanto a la posibilidad de suscripción de valores fiduciarios y/o certificados de participación bajo el régimen de regularización ??, la CNV establece que quedarán comprendidos todos aquellos fideicomisos financieros existentes o que se creen a futuro ??, que se identifiquen con los regímenes especiales en la materia (Financiamiento PYME, inmobiliarios, infraestructura, de desarrollo productivo y de economías regionales) y todo otro que sin encuadrarse en un régimen especial cumpla con las exigencias de la Resolución Ministerial ?.
Por último, atento que fueron admitidos como objeto del régimen de regularización las criptomonedas, criptoactivos y demás activos virtuales ?, la reglamentación establece que los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) inscriptos en el registro que lleva la CNV y que realicen la custodia y/o administración de activos virtuales, deberán dar cumplimiento a la normativa de AFIP ?.
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