Publicado el 20/03/2024

Importante Actualización en la Registración de Sujetos Obligados ante la UIF. Modificación de la Resolución UIF N° 50/2011! ?
¡CASSAGNE Consultores informa a sus clientes y seguidores una reciente modificación normativa que afecta los procedimientos de registración ante la Unidad de Información Financiera (UIF). ???
A partir del día de hoy entra en vigencia la Resolución UIF N° 47/2024 publicada en el Boletín Oficial en el día de ayer (19/03/24) a través de la cual se modifica la Resolución UIF N° 50/2011, implementándose nuevos requisitos para la registración de los sujetos obligados ante la UIF. ?
Debido a la nueva normativa se han introducido los siguientes cambios en la Resolución UIF Nº 50/2011:
- Se deberá incorporar los certificados de antecedentes penales y las declaraciones juradas de Personas Expuestas Políticamente (PEP), en el caso de personas humanas; y para personas jurídicas, de los miembros de sus órganos de administración (incluyendo al Oficial de Cumplimiento) y beneficiarios finales. ??
- Además, entre la documentación requerida para cumplir con estas obligaciones, se deberá adjuntar la certificación expedida por el Registro Nacional de Reincidencia sobre antecedentes penales, así como una declaración jurada que indique si la persona reviste o no la condición de PEP, según lo establecido en la Resolución UIF Nº 35/2023. ??
- Se introduce la obligación de informar el cese de la calidad de sujeto obligado. Para gestionar la baja del registro ante la UIF, será necesario enviar la documentación respaldatoria que justifique los motivos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 2° de la nueva Resolución. ??
Destacamos que, como parte de las modificaciones, se establece a partir de hoy un único correo electrónico para enviar la documentación en formato PDF tanto para altas como para solicitudes de baja: sujetosobligados@uif.gob.ar. ?
Para más detalles, acceda a la Resolución UIF 47/2024 aquí: https://lnkd.in/d2f3wy2p