Se considera sujeto obligado a establecer políticas de PLA/FT/FP e informar a la UIF, al sujeto de la economía que, por ser considerado vulnerable a ser utilizado para lavar o financiar el terrorismo, figura taxativamente enumerado en el listado del art. 20 de la Ley 25.246.
Exigencias de la normativa
Algunos elementos que integran las Políticas PLA/FT/FP exigidas a todo sujeto obligado, cuyo cumplimiento debe demostrarse ante UIF para evitar sanciones:
⚪ Registración del sujeto obligado ante la UIF;
⚪ Nombramiento y registración del Oficial de Cumplimiento.
⚪ Fijar y actualizar Políticas de prevención traducidas en un Manual.
⚪ Elaborar Matrices de riesgo y autoevaluaciones de riesgo del sujeto.
⚪ Aplicar procesos de Debida Diligencia de cada Cliente
(Política Conozca Su Cliente -KYC-) Identificación, perfil, legajos, etc.
⚪ Aprobar Progamas Anuales de Capacitación y su dictado;
⚪ Realizar Auditorías (internas y externas) Anuales en la materia;
⚪ Realizar reportes sistemáticos (mensuales y anuales), de Monedas y
Virtuales, de Registración, y de Operaciones Sospechosas a la UIF